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Requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas electrónicas.

Órgano emisor: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Disposición: Orden HAP/492/2014, de 27 de marzo.

B.O.E.: 31 de marzo de 2014.

Objeto: Determinar los requisitos funcionales y técnicos del registro contable de facturas, con el fin de garantizar su integridad y seguridad, y la interoperabilidad con otros sistemas afectados en la tramitación de las facturas en desarrollo de la disposición final sexta de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público.

Ámbito de aplicación: Sujetos incluidos en el ámbito subjetivo establecido en el artículo 2 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre.

Objetivo del registro contable de facturas del sistema contable: registrar todas las facturas de la entidad con el alcance que se determina en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre y de proporcionar al sistema contable la información necesaria para el seguimiento del cumplimiento de los compromisos de pago y para la determinación del periodo medio de pago a proveedores.

Requisitos funcionales:

Requisitos técnicos:

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente el 1 de abril de 2014. No obstante, las Comunidades Autónomas y Entidades locales dispondrán de un periodo de 3 meses para adecuar sus sistemas a los requisitos funcionales y técnicos establecidos en esta orden.

Para descargar la disposición haga click aquí.

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