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Remisión, estructura, contenido y formato informático del fichero del padrón catastral y demás ficheros de intercambio de la información necesaria para la gestión del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Órgano emisor: Dirección General del Catastro. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Disposición: Resolución de 12 de marzo de 2014.

B.O.E.: 21 de marzo de 2014.

Ámbito: Estatal.

Objeto:

Funcionamiento: La Dirección General del Catastro remitirá el fichero del padrón catastral (PAD-DGC), con la información correspondiente, a los Ayuntamientos o entidades que tengan delegada la gestión tributaria del IBI por aquellos, en los plazos y condiciones establecidos legalmente.

La remisión de los ficheros correspondientes, que irán firmados electrónicamente por la Dirección General del Catastro, se realizará mediante la puesta a disposición del fichero del padrón catastral a través de su sede electrónica (https//:www.sedecatastro.gob.es).

A tal efecto, los Ayuntamientos o las entidades que ejerzan la gestión tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles deberán estar registrados en la citada sede electrónica, disponer de una dirección de correo electrónico destinada a tal fin y acceso a Internet.

La firma electrónica de los ficheros informáticos emitidos por la Dirección General del Catastro a que se refiere el apartado Tercero de la presente resolución se producirá a partir de los ficheros emitidos a partir del 1 de enero de 2015.

Para descargar la Resolución haga click aquí.

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