El pasado 31 de diciembre de 2013 entró en vigor la Ley 27/2013 de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL).
En el mes de Enero, y siendo pioneros en todo el territorio nacional, presentamos los contenidos de la Ley en la totalidad de provincias de Castilla-La Mancha informando y orientando a nuestros asociados tanto sobre las medidas a adoptar con carácter inmediato como de los mecanismos que la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha (FEMP-CLM) ponía a su disposición para la aplicación de la norma en las distintas Entidades Locales.
Concluidas dichas las Jornadas informativas, la FEMP-CLM activó un enlace específico en su página web (www.fempclm.es) donde ha ido poniendo a disposición de sus asociados toda la información de que dispone referida a la LRSAL, constando hasta el momento los siguientes documentos:
De igual forma, los servicios jurídicos y técnicos de la FEMP-CLM están a su disposición para clarificar cualquier aspecto de la Ley, bien directamente, bien a través del MINHAP.
Por otro lado, y ante las dudas existentes en relación con las instituciones a quien dirigirse y a los formatos de solicitud de los INFORMES VINCULANTES PREVISTOS EN LA LEY para el ejercicio de las COMPETENCIAS DISTINTAS DE LAS PROPIAS Y DE LAS DELEGADAS, se adjuntan tanto el protocolo de actuación como los modelos de documentos de solicitud elaborados por la FEMP-CLM:
PROTOCOLO DE ACTUACIÓN: Detalla los pasos a seguir para continuar prestando determinados servicios o competencias, así como algunos ejemplos de competencias distintas de las propias y delegadas que se vienen prestando habitualmente por las Corporaciones Locales de Castilla-La Mancha.
SOLICITUD DE INFORME DE “NO DUPLICIDAD”: A emitir por la “administración competente en razón de la materia” (artículo 7.4 LRSAL), es decir, la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, siendo el departamento responsable de coordinar la emisión de los informes autonómicos la Dirección General de Coordinación y Administración Local dependiente de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
SOLICITUD DE INFORME DE “SOSTENIBILIDAD FINANCIERA”: A emitir por la “administración que tenga atribuida la tutela financiera” (artículo 7.4 LRSAL) que, para las Entidades Locales de nuestra Comunidad Autónoma es la Administración General del Estado, siendo el departamento responsable de la emisión la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local dependiente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
IMPORTANTE: Dada la situación transitoria generada y hasta el momento en que se produzca la recepción de los informes vinculantes referidos anteriormente a fin de completar el expediente administrativo previsto en la LRSAL, la FEMP ha diseñado un MODELO DE ACUERDO PARA SU APROBACIÓN POR EL PLENO que viene a acreditar el cumplimiento de la LEP a fin de dar continuidad a la prestación de los servicios/actividades que la Corporación Local venía realizando en tanto en cuanto se reciben los informes vinculantes al respecto.
En el acuerdo de Pleno referido debe hacerse constar cada servicio/actividad con el máximo nivel de detalle posible a fin de acreditar con claridad sus contenidos y facilitar así la emisión de informe de “no duplicidad” por parte de la administración autonómica.
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