Ley de Medidas Tributarias de Castilla-La Mancha.
Órgano emisor: Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Disposición: Ley 8/2013, de 21 de noviembre.
D.O.C.M.: 29 de noviembre de 2013.
Ámbito: Autonómico.
Objeto: Regular y sistematizar las medidas en materia de tributos cedidos por el Estado que son directamente aplicables por los contribuyentes en las declaraciones o autoliquidaciones que deben presentar ante la Administración Tributaria.
Se establecen importantes medidas tributarias que favorecen a la familia, a las personas con discapacidad y al sector empresarial de la región, sin olvidar aquellas que constituyen un estímulo a la cooperación para el desarrollo, entre las que destacamos:
1. Sobre el Impuesto sobre la renta de las personas físicas. Se establecen deducciones por:
- Nacimiento o adopción de hijos.
- Familia numerosa.
- Gastos en la adquisición de libros de texto y por la enseñanza de idiomas.
- Discapacidad del contribuyente.
- Discapacidad de ascendientes o descendientes.
- Para personas mayores de 75 años.
- Acogimiento familiar no remunerado de menores.
- Acogimiento no remunerado de mayores de 65 años o discapacitados.
- Arrendamiento de vivienda habitual por menores de 36 años.
- Cantidades donadas para la cooperación internacional al desarrollo y a las entidades para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas con discapacidad.
- Deducción por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación empresarial.
- Incentivos de carácter temporal por inversión en la adquisición de participaciones sociales en sociedades cooperativas de Castilla-La Mancha.
2. Sobre el impuesto sobre sucesiones y donaciones. Se establecen reducciones en:
- Adquisiciones «mortis causa» de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones en entidades.
- Por discapacidad.
- Adquisiciones «inter vivos» de una empresa individual, un negocio profesional o participaciones en entidades.
Para descargar la disposición haga click aquí.
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