Órgano emisor: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Disposición: Orden de 20 de septiembre de 2013.
B.O.E.: 4 de octubre de 2013.
Ámbito: Estatal.
Objeto: Aprobar la Instrucción del modelo normal de contabilidad local que se inserta como anexo de la presente Orden.
Ámbito de aplicación: La Instrucción será de aplicación por las entidades locales, sus organismos autónomos, sociedades mercantiles locales y entidades públicas empresariales locales, en los términos que al respecto se establecen en su regla 1.
Formación y rendición de cuentas de ejercicios anteriores a 2015: La formación y rendición de cuentas de ejercicios anteriores a 2015 se ajustará a las normas previstas en la Instrucción de contabilidad local que se hubiera aplicado en el ejercicio correspondiente.
La presente Orden entrará en vigor el día 1 de enero de 2015.
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