Órgano emisor: Consejería de Agricultura. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Disposición: Orden de 28 de mayo de 2013.
D.O.C.M.: 29 de mayo de 2013.
Ámbito: Autonómico.
Objeto: regular los servicios de prevención y extinción de incendios forestales, desempeñados por personal funcionario y laboral al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, dentro del Seif y conforme al Plan Infocam.
Épocas de Peligro: Se determinan tres épocas según el nivel de peligro:
• Época de peligro bajo: que ocupa el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de abril y del 1 de noviembre al 31 de diciembre, a excepción del periodo comprendido desde el sábado previo a la Semana Santa hasta el domingo final de la misma.
• Época de peligro medio: que comprende desde el 1 al 31 de mayo y del 1 al 31 de octubre. Además incluye el periodo comprendido desde el sábado previo a la Semana Santa hasta el domingo final de la misma.
• Época de peligro alto: Periodo comprendido del 1 de junio al 30 de septiembre.
Las fechas de inicio y finalización de cada época de peligro podrán ser objeto de modificación en función de las condiciones de riesgo concurrentes en cada periodo.
Centros Operativos: Para la movilización y coordinación de los medios del Seif y el seguimiento de sus actuaciones, se establecen los siguientes Centros Operativos:
- Un Centro Operativo Regional (COR)
- Cinco Centros Operativos Provinciales (COP).
Comarcas y zonas de incendios: Para una adecuada respuesta a las emergencias por incendio forestal, el territorio provincial se divide en Comarcas de incendios, y durante la época de peligro alto éstas se subdividirán en Zonas de incendios, todas ellas establecidas mediante resolución del Director Operativo Regional a propuesta de los respectivos Directores Operativos Provinciales.
Para ver la disposición haga click aquí.
Suscríbase para recibir todas las noticias en su correo electrónico