Órgano emisor: Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
Disposición: Decreto 3/2024, de 22 de enero.
DOCM: 30 de enero de 2024.
Entrada en vigor: veinte días de su publicación en el DOCM.
Ámbito: Autonómico.
Objeto: regular los requisitos que debe cumplir un municipio de Castilla-La Mancha para que pueda considerarse municipio turístico, así como el procedimiento para obtener tal declaración, sus efectos y la pérdida de tal declaración.
Procedimiento:
- Se iniciará a solicitud del Ayuntamiento interesado, previo acuerdo del órgano competente para ello.
- Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica (www.jccm.es).
Efectos de la declaración:
Vigencia de la declaración: indefinida; sin embargo, la declaración puede perderse en los siguientes casos:
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