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SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES EN EL ÁMBITO DE LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL

 

SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES EN EL ÁMBITO DE LA ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL

Resolución de 28/11/2022, de la Dirección General de Discapacidad, por la que se convocan para el año 2023, las subvenciones a entidades locales en el ámbito de la atención a las personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha.

Extracto BDNS (Identif.): 661459

FUENTE: DOCM nº 232, de 2 de diciembre de 2022

OBJETO: Subvenciones destinadas a las entidades locales para el mantenimiento de centros que tienen por finalidad la atención de personas con discapacidad intelectual en Castilla-La Mancha.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán concurrir a la presente convocatoria de subvenciones las entidades locales de la región que cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

SOLICITUDES: 1. Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la dirección general competente en materia de atención a personas con discapacidad de la consejería competente en materia de servicios sociales y deberán presentarse mediante la solicitud habilitada al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es que quedará anotada en el registro electrónico. El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.

2. Se presentará una única solicitud por cada programa a financiar y las entidades solicitantes no tendrán obligación de presentar documentación acompañando a la solicitud electrónica de iniciación, salvo el formulario del proyecto que estará disponible en la sede electrónica. En el caso de solicitudes de programas de atención temprana, se presentará la declaración responsable acreditativa de que la entidad solicitante cumple el requisito previsto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, conforme al modelo que figura en la sede electrónica.

3. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al señalado anteriormente ni las presentadas fuera del plazo establecido, que se inadmitirán.

PLAZO: El plazo para la presentación de las solicitudes será de 45 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Para descargar el texto completo de la convocatoria y de su extracto pinche aquí:

Si necesita descargar las bases reguladoras de la convocatoria pinche aquí.

 

 

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