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Principio de Prudencia Financiera

 

 

Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

ÓRGANO EMISOR: Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

FUENTE: BOE nº 187, de 6 de agosto de 2021

Para descargar el texto completo de la norma haga click aquí.

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