PRINCIPIO DE PRUDENCIA FINANCIERA EE LL
Resolución de 2 de octubre de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 de la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.
FUENTE: BOE nº 264, de 6 de octubre de 2020
Para descargar el texto completo de la Resolución pinche aquí:
Suscríbase para recibir todas las noticias en su correo electrónico