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PRUDENCIA FINANCIERA DE LAS EELL

 

Resolución de 7 de mayo de 2020, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

FUENTE: B.O.E. nº 128, de 8 de mayo de 2020

Para descargar el texto completo de la Orden haga click aquí.

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