PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN DE LAS
ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
DISPOSICIÓN: Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto, de la Jefatura del Estado.
OBJETO: Trasposición de directivas en materia de los compromisos por pensiones con los trabajadores, prevención del blanqueo de capitales y requisitos de entrada y residencia de nacionales de países terceros y por el que se modifica la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
FUENTE: B.O.E. nº214, de 4 de septiembre de 2018.
El Real Decreto-ley modifica en su Título V la Disposición Adicional Séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las administraciones Públicas, relativa a su entrada en vigor, disponiendo la producción de efectos a partir del 2 de octubre de 2020 en cuanto se refiere a:
- Previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos.
- Registro Electrónico
- Registro de empleados públicos habilitados
- Punto de acceso general electrónico de la Administración y
- Archivo único electrónico.
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