PLANES LOCALES DE FOMENTO DE LA LECTURA
DISPOSICIÓN: Orden 112/2018, de 4 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
OBJETO: Se establecen las Bases reguladoras de subvenciones para la puesta en marcha de planes locales de fomento de la lectura en municipios de Castilla-La Mancha.
El objeto de la subvención es la financiación de las actividades incluidas en los planes locales de fomento de la lectura.
Se considerarán gastos subvencionables los derivados de la planificación, ejecución y promoción de los planes locales de fomento de la lectura realizados por las entidades locales solicitantes de las ayudas, incluyendo, en su caso, los materiales y servicios contratados para el desarrollo del proyecto.
Se considerarán gastos no subvencionables aquéllos de carácter corriente (luz, teléfono, agua, reparaciones, mantenimiento, conservación, material de oficina, etc.), de inversiones en infraestructuras o equipamientos, los gastos derivados de actos protocolarios y todos aquellos que aparezcan sin detallar y por lo tanto no puedan vincularse de forma directa con el objeto de la ayuda.
Los plazos de ejecución de la actividad y de la realización de los gastos subvencionables será el año escolar correspondiente a la fecha de publicación de la convocatoria, en la que se concretará dichos plazos.
ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán solicitar esta subvención exclusivamente las entidades locales de Castilla-La Mancha
FUENTE: D.O.C.M. nº 137 de 13 de julio de 2018.
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