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AYUDAS PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE ACTUACIONES DE REGENERACIÓN URBANA INTEGRALES EN CASTILLA-LA MANCHA

 

AYUDAS PARA LA REDACCIÓN DE PROYECTOS DE ACTUACIONES DE REGENERACIÓN URBANA INTEGRALES EN CASTILLA-LA MANCHA

DISPOSICIÓN: Orden de 30/08/2016.

OBJETO: Aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la elaboración de proyectos de actuaciones de regeneración urbanas integrales basados en las líneas estratégicas temáticas, debiendo acogerse a una o varias líneas de actuación de las que a continuación se detallan:

a) Mejora de barrios: Actuaciones predominantemente de regeneración urbana integrada, en tejidos de bloque construidos en el periodo comprendido entre 1930 y 1980, en las que destaquen aspectos de incremento de la eficiencia energética, con una reducción de al menos un 30% de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración del edificio, referida a la certificación energética; así como aspectos de mejora de la accesibilidad de los edificios, recualificación del espacio público, dotación de nuevos equipamientos e impulso de la cohesión social y la actividad económica.
b) Centros y cascos históricos: Actuaciones predominantemente de regeneración en centros históricos urbanos y rurales, incluyendo actuaciones de rehabilitación de edificios residenciales y otros usos que cuenten con algún grado de protección patrimonial, mejora del espacio público e impulso de la cohesión social y la revitalización económica
c) Renovación de áreas funcionalmente obsoletas: Actuaciones sobre tejidos con severas condiciones de obsolescencia funcional e inadecuación desde el punto de vista urbanístico y edificatorio, en los que se proponga su renovación funcional y recualificación con usos mixtos, que incluyan actividades económicas.
d) Renovación de áreas para la sustitución de infravivienda: Actuaciones para la erradicación de la vivienda con deficiencias graves en seguridad, salubridad y habitabilidad, ubicada en tejidos de urbanización marginal, acompañadas de programas sociales.
e) Ecobarrios: Actuaciones predominantemente de regeneración urbana en áreas residenciales en las que destaque el impulso de la sostenibilidad ambiental en los edificios y en los espacios públicos.
f) Zonas turísticas: Actuaciones de regeneración, esponjamiento y renovación urbanas en zonas turísticas con síntomas de obsolescencia o degradación, sobrecarga urbanística y ambiental o sobreexplotación de recursos y que planteen una mejora y reconversión de las mismas hacia un modelo turístico más sostenible, competitivo y de mayor calidad.

Las convocatorias se resolverán por el procedimiento de concurrencia competitiva, y de acuerdo a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.

ÓRGANO EMISOR: Consejería de Fomento.

FUENTE: D.O.C.M. nº 176 de 8 de septiembre de 2016.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Ayuntamientos y Consorcios de Castilla-la Mancha que incluyan entre sus actuaciones, las de regeneración urbanas integrales que promuevan el fomento de ciudades sostenibles y competitivas; y que cumplan los requisitos establecidos en la Orden.

SOLICITUDES: Las solicitudes se formalizarán conforme al modelo establecido en la convocatoria y se presentará una solicitud por proyecto.Las solicitudes junto con la documentación referida en la Base Decimotercera se podrán presentar mediante el envío telemático de datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en la siguiente dirección: http://www.jccm.es.

PLAZO: El plazo para la presentación de solicitudes será de tres meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, salvo que en la convocatoria se señale otro distinto.

Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será rechazada y no será valorada


Para descargar la Orden pinche aquí.

 

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