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Instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.

Órgano emisor: Subsecretaría. Ministerio de la Presidencia.

Disposición: Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría,

B.O.E.: 24 de marzo de 2015.

Ámbito: Estatal.

Objeto: Publicar la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.

Normas para la gestión del Padrón municipal:

  1. Consideraciones generales de las inscripciones en el Padrón.
  2. Datos de inscripción en el Padrón Municipal y documentación acreditativa: documentación acreditativa de la identidad, documentación acreditativa de la representación y documentación acreditativa del domicilio de residencia.
  3. Casos especiales de empadronamiento: Empadronamiento en un domicilio en el que ya constan empadronadas otras personas, empadronamiento en establecimientos colectivos, empadronamiento de personas sin domicilio y empadronamiento de reclusos.
  4. Modelo de hoja padronal: Si se utilizar formularios distintos de los aprobados por esta Resolución, los correspondientes modelos deberán ser homologados por la respectiva Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento.
  5. Tipos de expedientes padronales: Los Ayuntamientos deberán llevar a cabo la actualización del Padrón municipal, reflejando las altas, bajas y modificaciones que se produzcan en el mismo.
  6. Procedimiento de renovación y caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia de larga duración (ENCSARP) que no sean renovadas cada dos años.
  7. Procedimiento de comprobación periódica de la residencia de los extranjeros que no tienen la obligación de renovar su inscripción padronal (NO_ENCSARP).
  8. Acceso y cesión de datos padronales.
  9. Contenido y conservación del Padrón Municipal.
  10. Codificación de las características básicas.
  11. Remisión de la información al Instituto Nacional de Estadística.
  12. Comunicaciones del Instituto Nacional de Estadística a los Ayuntamientos.
  13. Normalización de tablas de caracteres: La tabla de caracteres aprobada a propuesta del Consejo de Empadronamiento figura publicada en el aplicativo de internet IDA-Padrón.
  14. Expedientes de territorio: Los Ayuntamientos revisarán al menos una vez al año y actualizarán, en su caso, la relación de las unidades poblacionales, la división en secciones del término municipal y las modificaciones de callejero, realizando las comprobaciones que sean precisas sobre el terreno, y las remitirán al Instituto Nacional de Estadística para su comprobación tan pronto se produzcan.
  15. Disposición derogatoria: Quedan derogadas la Resolución de 1 abril de 1997, conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón municipal, la Resolución de 4 de julio de 1997, conjunta de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y del Director General de Cooperación Territorial, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre actualización del Padrón Municipal y la Resolución de 28 de abril de 2005, del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caducidad de las inscripciones padronales de los extranjeros no comunitarios sin autorización de residencia permanente que no sean renovados cada dos años.

Para descargar la Resolución haga click aquí.

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