Portada > ACT. JURIDICA > NORMATIVA

Convenio de Colaboración suscrito entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la JCCM, sobre diversas actuaciones de coordinación en materia de contratación pública.

Órgano emisor: Consejería de Hacienda.

Disposición: Resolución de 06/03/2015.

D.O.C.M.: 12 de marzo de 2015.

Ámbito: Autonómico.

Objeto: Publicar el convenio de colaboración suscrito el 02/03/2015, entre el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, sobre diversas actuaciones de coordinación en materia de contratación pública de cara a la realización de las siguientes actividades:

I. Utilización de la Plataforma de Contratación del Sector Público para aportar información sobre los procesos de contratación en el ámbito de competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, inicialmente mediante un intercambio de información entre portales o sistemas informáticos similares de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y de la Administración General del Estado, dejando para un momento posterior la integración o utilización de una única Plataforma de Contratación.

Su finalidad es unificar la publicación de las convocatorias de licitaciones de todas las entidades pertenecientes al Sector Público, y sus resultados en un mismo sistema de información que ofrezca a través de internet toda la información de forma accesible a las empresas y ciudadanos.

Se pretende con ello facilitar el cumplimiento de la disposición adicional tercera de la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de unidad de mercado, en la que se establece que: “La Plataforma de Contratación del Estado regulada en el artículo 334 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, pasará a denominarse Plataforma de Contratación del Sector Público.

En la Plataforma se publicará, en todo caso, bien directamente por los órganos de contratación o por interconexión con dispositivos electrónicos de agregación de la información de las diferentes administraciones y entidades públicas, la convocatoria de licitaciones y sus resultados de todas las entidades comprendidas en el apartado 1 del artículo 3 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.“

II. Consolidación en un único Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público de los asientos del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (Rolece) y los del Registro Oficial de Licitadores de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula Segunda tras la apertura del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público, ambas Administraciones practicarán en él las inscripciones registrales que actualmente son practicadas en sus respectivos Registros, a los que el nuevo Registro sustituye a todos los efectos, de acuerdo con el procedimiento al que se refiere la Cláusula Tercera Dichas inscripciones tendrán los mismos efectos y plena eficacia frente a todos los órganos de contratación del Sector Público, sin distinción alguna por razón de la Administración que las haya practicado.

Su objeto es coordinar y consolidar en un único Registro toda la información actual y futura relativa a empresarios y demás operadores económicos, tanto la inscrita o susceptible de inscripción en el Rolece como la inscrita o susceptible de inscripción en el Registro Oficial de Licitadores de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, manteniendo invariables las competencias de las respectivas Administraciones respecto de la tramitación y resolución de los expedientes de inscripción registral, pero otorgando los mismos efectos y eficacia plenos frente a todos los órganos de contratación del Sector Público a los asientos practicados en el Registro por ambas Administraciones.

Entrada en vigor: El presente Convenio producirá efectos desde el momento de su firma y tendrá una duración de cinco años.

Para descargar la Resolución haga click aquí.

Arriba Volver Atrás

NEWSLETTER

Suscríbase para recibir todas las noticias en su correo electrónico

Acepto los términos y condiciones de la Política de Privacidad
Diseño y Desarrollo web Im3diA comunicación

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en su navegador cada vez que visita nuestra página web. La utilidad de las cookies es guardar el historial de su actividad en nuestra página web, de manera que, cuando la visite nuevamente, ésta pueda identificarle y configurar el contenido de la misma en base a sus hábitos de navegación, identidad y preferencias. Las cookies pueden ser aceptadas, rechazadas, bloqueadas y borradas, según desee. Ello podrá hacerlo mediante las opciones disponibles en la presente ventana o a través de la configuración de su navegador, según el caso. En caso de que rechace las cookies no podremos asegurarle el correcto funcionamiento de las distintas funcionalidades de nuestra página web. Más información en el apartado “POLÍTICA DE COOKIES” de nuestra página web.