Órgano emisor: Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Disposición: Ley 5/2014, de 9 de octubre.
D.O.C.M.: 17 de octubre de 2014.
Ámbito: Autonómico.
Objeto: La atención y protección integral de la infancia y adolescencia en garantía del ejercicio de sus derechos y de sus responsabilidades.
Ámbito de aplicación: Personas con una edad inferior a la mayoría de edad establecida en el Código Civil y en el artículo 12 de la Constitución Española, siempre que no hayan sido emancipados o no hayan alcanzado la mayoría de edad en virtud de lo dispuesto en la ley que les sea aplicable.
La minoría de edad penal se entenderá referida a la establecida en el Código Penal para las disposiciones relativas a infractores menores de edad.
Se entiende por infancia el período de vida comprendido entre el nacimiento y la edad de trece años inclusive, y por niños, quienes se encuentran en dicho período de vida.
Se entiende por adolescencia el período de vida comprendido entre la edad de catorce años y la mayoría de edad establecida por ley o emancipación y por adolescentes quienes se encuentran en dicho período de vida.
Principios rectores de la actuación administrativa:
Principales obligaciones de las Administraciones Públicas:
Principales derechos de los menores:
Se establecen en la presente Ley deberes y responsabilidades de los padres, ciudadanos y poderes públicos.
Se crean las Comisiones Provinciales de Tutela y Guarda de Menores para el ejercicio de las acciones de protección de los menores en Castilla-La Mancha.
Entrada en vigor: 18 de noviembre de 2014.
Para descargar la Ley haga click aquí.
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