Publicada en el BOE la Ley de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
Órgano emisor: Jefatura del Estado.
Disposición: Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.
B.O.E.: 17 de septiembre de 2014.
Ámbito: Estatal.
Objeto: Adoptar las medidas legislativas necesarias para implantar recomendaciones de la Comisión de Reforma de las Administraciones Públicas (CORA), tanto para la reordenación del sector público institucional, como en otros ámbitos de la actividad administrativa.
La norma recoge modificaciones legales para permitir la reordenación de organismos públicos con el fin de mejorar su eficiencia y reducir el gasto público. Se profundiza en la racionalización de estructuras públicas, se simplifican procedimientos para ciudadanos y empresas, reduciendo trabas burocráticas e impulsando la Administración electrónica.
Modificaciones principales:
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Se concede un día más a los reconocidos en la normativa vigente para asuntos particulares de los empleados públicos. A partir de ahora serán cinco días, tras haberse aprobado otro anteriormente a finales del año pasado.
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Flexibilización de la dependencia funcional de los funcionarios interinos: Se introducen cambios para fomentar la movilidad de los empleados públicos, con el objetivo de conseguir que, en un contexto de reducción de gasto público, puedan destinarse más recursos a las unidades deficitarias de personal.
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Cambios normativos del Estatuto Básico del Empleado Público para permitir a las personas que trabajan en la Administración que tengan otras vías de desempeño profesional dentro de su carrera administrativa.
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Se crea la situación administrativa de servicios en la Administración civil para el personal militar.
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Se aclara el régimen aplicable a determinados supuestos de movilidad voluntaria entre administraciones territoriales.
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Se modifica la Ley General de Subvenciones: La Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) operará como sistema nacional de publicidad de subvenciones con el fin de promover la transparencia y facilitar que sirva como instrumento para la planificación de las políticas públicas, mejorar la gestión y colaborar en la lucha contra el fraude de subvenciones y ayudas públicas.
Las administraciones concedentes deberán remitir a la BDNS información sobre las convocatorias y las resoluciones de concesión recaídas incluyendo el contenido de la Base de Datos referencia a las bases reguladoras de la subvención, convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputan, objeto o finalidad de la subvención, identificación de los beneficiarios, importe de las subvenciones otorgadas y efectivamente percibidas, resoluciones de reintegros y sanciones impuestas.
La Intervención General de la Administración del Estado dictará las instrucciones oportunas para concretar los datos y documentos integrantes de la BDNS, los plazos y procedimientos de remisión de la información, incluidos los electrónicos, así como la información que sea objeto de publicación para conocimiento general y el plazo de su publicación, que se fijarán de modo que se promueva el ejercicio de sus derechos por parte de los interesados.
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Tablón Edictal Único del "Boletín Oficial del Estado": Permitirá que todas las Administraciones Públicas inserten sus anuncios en un único emplazamiento electrónico centralizado. El ciudadano podrá tener conocimiento de todas las notificaciones por comparecencia que puedan afectar a sus derechos e intereses legítimos mediante el acceso a un portal y con la garantía y seguridad jurídica que supone el BOE. Publicaciones, además, con carácter gratuito.
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Régimen de los consorcios, causas y procedimiento para el ejercicio del derecho de separación, efectos, liquidación, plazo para la adaptación de sus estatutos y derecho supletorio.
Para descargar la Ley haga click aquí.
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