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Informe de fiscalización de las medidas adoptadas por las Entidades Locales para adaptarse a la disminución de ingresos, fundamentalmente, de los procedentes de la gestión urbanística.

Órgano emisor: Cortes Generales.

Disposición: Resolución de 8 de abril de 2014.

B.O.E.: 3 de julio de 2014.

Ámbito: Estatal.

Objeto: Publicar las recomendaciones de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas de las Cortes Generales, contenidas a su vez en el Informe de fiscalización de las medidas adoptadas por las Entidades Locales para adaptarse a la disminución de ingresos, fundamentalmente, de los procedentes de la gestión urbanística.

Recomendaciones:

1. Conforme a los principios de eficacia, eficiencia y buena gestión, que deben inspirar la actuación de las entidades locales, estas deberían planificar su actividad económico-financiera de forma global, con soporte en estudios y evaluaciones periódicas, de modo que puedan anticipar sus necesidades financieras y presupuestarias y prever las medidas a acometer con criterios de oportunidad y suficiencia, con atención prioritaria a los objetivos de sostenibilidad y estabilidad presupuestaria. Los distintos planes económico-financieros, de saneamiento o de ajuste aprobados por las entidades en aplicación de la normativa deberían comprenderse en la estrategia global de las entidades, al objeto de que los mismos no sean meramente formales, sino auténticos instrumentos de gestión económico-financiera. Igualmente la presupuestación anual debería ser formulada en línea con dicha estrategia.

2. Establecer los procedimientos necesarios para garantizar la ejecución de los planes económico-financieros, de saneamiento o de ajuste aprobados, su seguimiento y actualización permanente, así como su corrección en el tiempo y análisis de las desviaciones producidas, de forma que no sean meramente formales, sino auténticos instrumentos de gestión financiera.

3. Cuantificar las previsiones de ingresos presupuestarios con criterios de prudencia y con fundamentación suficiente de la viabilidad de su recaudación.

En este contexto cobra un lugar preponderante la contabilidad. La obtención de la imagen fiel de la situación económico-financiera, patrimonial y presupuestaria apoya el proceso de planificación y toma de decisiones, por lo que las entidades deberían realizar las actuaciones necesarias para garantizar el adecuado seguimiento de los gastos con financiación afectada, la suficiente cobertura de los saldos de dudoso cobro, así como el registro de los gastos desde el momento en que se realizan.

4. Cuantificar las previsiones de ingresos presupuestarios con criterios de prudencia y con fundamentación suficiente de la viabilidad de su recaudación. Si bien el saneamiento de las obligaciones a corto plazo con proveedores mediante los mecanismos extraordinarios regulados en sucesivos Reales Decretos-Ley, en los que por su impacto destaca el previsto en el Real Decreto-Ley 4/2012, ha permitido en muchas entidades el saneamiento del remanente de tesorería para gastos generales negativo, también ha originado un incremento significativo del endeudamiento financiero de las entidades, por lo que éstas deberían reforzar los procedimientos de seguimiento y revisión de los planes de ajuste presentados, en orden a garantizar la obtención de un ahorro bruto suficiente para atender los vencimientos de los préstamos, así como para el cumplimiento de los plazos de pago a proveedores.

Para descargar la Resolución haga click aquí.

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