Condiciones de uso de la plataforma FACe-Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado.
Órgano emisor: Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Disposición: Resolución de 25 de junio de 2014.
B.O.E.: 28 de junio de 2014.
Ámbito: Estatal.
Objeto: Publicar las condiciones de uso del Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado, previsto en la Ley 25/ 2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas electrónicas y en la Orden HAP/1074/2014, de 24 de junio, por la que se regulan las condiciones técnicas y funcionales que debe reunir el punto general de entrada de facturas electrónicas.
Las citadas condiciones de uso serán, así mismo, publicadas en la plataforma electrónica FACe http://www.face.gob.es y en el Centro de Transferencia de Tecnología –CTT– de la Administración General del Estado, http://administracionelectronica.gob.es/es/ctt/face.
Ámbito de aplicación: Comunidades Autónomas y Entidades locales, además del resto de entes, organismos y entidades a los que se refiere el artículo 3.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con algunas excepciones.
Principales condiciones de uso de la plataforma FACe-Punto general de entrada de facturas electrónicas:
- Aceptar y firmar, mediante una firma electrónica avanzada de acuerdo con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, el documento de adhesión al Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas de la Administración General del Estado a través del portal electrónico establecido al efecto en el citado punto por la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. No obstante, podrá accederse también a dicho documento de adhesión a través de los portales de Entidades Locales, Comunidades Autónomas y de Gestión Administrativa de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas así como en aquellos portales que la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas decida en el futuro.
- Mantener actualizada la información de sus unidades organizativas implicadas en la gestión de las facturas electrónicas en la plataforma FACe y responsabilizarse de la gestión de las mismas.
- Hacer un uso responsable de la plataforma FACe adecuándose estrictamente a las finalidades recogidas en la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, y en la normativa que de esta se derive, y responsabilizarse del buen uso y gestión de la plataforma así como de cualquier daño y perjuicio directo o indirecto que provenga del mal empleo de la citada plataforma.
- Acceder a la plataforma bajo los canales que la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas establezca.
- Cumplir con las instrucciones técnicas de los manuales de uso de la plataforma FACe.
Para descargar la disposición haga click aquí.
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