Los Ayuntamientos y Diputaciones Provinciales podrán optar por primera vez a obtener plazas públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a través de contratos.
Regulación del alcance y procedimiento a través del cual las entidades locales pueden solicitar a la Administración Regional, como órgano gestor de las infraestructuras hidráulicas “en alta”, que se autoricen las conexiones suplementarias para que a la vez aquéllas puedan suministrar agua potable a las edificaciones aisladas.
Los Municipios que no dispongan de medios adecuados para la recogida y tenencia de animales abandonados que incumplan la norma, podrán concertarlo con asociaciones de Protección y Defensa de los Animales domésticos o con entidades autorizadas para tales fines por la Consejería de Agricultura o bien requerir la asistencia y cooperación de las Diputaciones Provinciales.
Regulación de las instituciones museísticas de interés para Castilla-La Mancha ubicadas en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, excepto las que sean competencia del Estado.
Órgano colegiado, adscrito a la Dirección General competente en materia de función pública, para la coordinación y cooperación entre las diferentes Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha y de participación del conjunto del personal público de las mismas en materia de formación para el empleo en el ámbito local.
Garantizar a las entidades locales de la región la seguridad en la determinación del órgano competente para la emisión de dicho informe, así como facilitarles la tramitación de las solicitudes.
Determinar para el año 2014 la participación financiera de las partes a los convenios de colaboración para el desarrollo de las Prestaciones Sociales Básicas de la Red Pública de Servicios Sociales.
Mejorar la eficiencia de la gestión pública, eliminar duplicidades administrativas y cumplir con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
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