Se ha tenido en cuenta el principio de sostenibilidad de las finanzas públicas establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
Modificación de la Ley Hipotecaria en su redacción aprobada por Decreto de 8 de febrero de 1946 y del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo.
Determinar la información y procedimientos de remisión que el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas tendrá con carácter permanente a disposición de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal.
Esta medida ha sido introducida en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 6/2015, de 12 de junio, publicada en el BOE en fecha 13 de junio de 2015.
Regulación de la acción general de salvaguardia que deben ejercer los poderes públicos sobre los bienes que integran el patrimonio cultural inmaterial, en sus respectivos ámbitos de competencias.
Extender los instrumentos que ofrece la normativa vigente a la aplicación directa entre las EELL adheridas al Convenio marco, con el fin de implantar un modelo integrado de atención al ciudadano en el ámbito territorial de C-LM.
Revisión del régimen de penas y su aplicación, adoptar mejoras técnicas para ofrecer un sistema penal más ágil y coherente e introducir nuevas figuras delictivas o adecuar los tipos penales ya existentes, revisión en buena parte justificada en atender compromisos internacionales.
Regulación de un conjunto de actuaciones de distinta naturaleza orientadas a la tutela de la seguridad ciudadana, mediante la protección de personas y bienes y el mantenimiento de la tranquilidad de los ciudadanos.
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