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Cuestiones procedimentales en la concesión de subvenciones al transporte colectivo urbano interior para el año 2014.

De acuerdo con la nota informativa emitida por la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local, para el presente ejercicio se presentan dos novedades en relación con los requisitos especificados en las anteriores convocatorias para la concesión de subvenciones al transporte colectivo urbano interior, en aplicación de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, así como la Ley 22/2013, de 23 de diociembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2014:

1. Los Ayuntamientos deberán acreditar que disponen del preceptivo Plan de Movilidad Sostenible debidamente aprobado con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Para descargar la "Guía práctica para la elaboración e implantación de Planes de Movilidad Sostenible" elaborada por el IDAE, haga click aquí.

2. Para determinar la cuantía de la subvención, se utilizarán determinados criterios medioambientales que se aplicarán de diferente forma en función de que el Ayuntamiento de que se trate sea o no un municipio de gran población.

 

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