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SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES PARA LA MEJORA DE LA EMPLEABILIDAD Y LA INSERCIÓN PARA 2025.

 

 

Órgano emisor: Consejería de Economía, Empresas y Empleo.

Disposición: Resolución de 06/03/2025, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Seguridad y Salud Laboral.

DOCM: 18 de marzo de 2025.

Ámbito: autonómico.

Objeto: convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para la realización de actuaciones para la mejora de la empleabilidad y la inserción, para el ejercicio 2025.

Beneficiarios:

  1. Línea 1: entidades locales y sus organismos públicos vinculados o dependientes.
  2. Línea 2: entidades privadas, con o sin ánimo de lucro, que operen como agencias de colocación y realicen actividades de intermediación laboral en los términos señalados por el artículo 42 de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. 

Crédito presupuestario: 2.000.000,00 euros.

Destinatarios (requisitos):

Gastos subvencionables:

a) Costes laborales y de Seguridad Social del personal adscrito a las actuaciones subvencionables.

b) Gastos de desplazamiento

c) Gastos derivados de la subcontratación de las actuaciones de carácter formativo

d) Otros gastos: 

1º. Material técnico (edición de guías, documentación para el participante, etc.) y de material de oficina no inventariables.

2º. Generales (arrendamientos de edificios/ instalaciones/aulas/talleres, mobiliario, enseres y equipos informáticos, así como licencias de software, mantenimiento, suministro de energía eléctrica, agua, combustible para calefacción, etc.).

Criterios de valoración:

a) Incremento del compromiso de inserción de las personas destinatarias atendidas sobre el porcentaje mínimo.

b) Personal técnico destinado por la entidad solicitante para la atención de las personas destinatarias.

c) Metodología y procesos que la entidad solicitante destinará para el desarrollo de las actuaciones subvencionables.

d) Certificados de calidad como agencia de colocación.

e) Porcentaje de inserción conseguido por la entidad solicitante en los últimos doce meses anteriores al de la publicación de la resolución de convocatoria.

f) Cuando el ámbito de actuación de la entidad solicitante figure en el Anexo del Decreto 52/2018, de 31 de julio, de determinación geográfica de zonas prioritarias en Castilla-La Mancha.

g) Impacto demográfico (zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación).

Solicitudes:

- La presentación se realizará de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

- El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCM.

Marco legal:

 

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