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SUBVENCIONES PARA FAVORECER LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES AL COLECTIVO LGTBI.

 

 

Órgano emisor: Consejería de Igualdad.

Disposición: Resolución de 21/05/2024, de la Consejería de Igualdad.

DOCM: 20 de junio de 2024.

Ámbito: autonómico.

Objeto: convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para la realización de proyectos que favorezcan la igualdad y la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo de lesbianas, gais, transexuales o trans, bisexuales e intersexuales o pertenencia a familias LGTBI (línea 1), así como la realización de actividades que favorezcan la visibilización del movimiento asociativo LGTBI de Castilla-La Mancha (línea 2).

Beneficiarios:

Crédito presupuestario: 107.000,00 euros.

Gastos subvencionables (línea 1):

a) Gastos del personal propio o contratado dedicado directamente a la ejecución del proyecto subvencionado.

b) Gastos de consultoría y/o asistencia técnica, igualmente dedicada directamente a la ejecución del proyecto.

c) Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de las personas que ejecuten el proyecto.

d) Gastos de desplazamiento de las personas destinatarias del proyecto.

e) Gastos de materiales para la ejecución, promoción, edición, publicación y difusión del proyecto.

f) Gastos de alquiler de locales, de vehículos, de equipos de proyección, de iluminación, de sonido y/o comunicación y cualquier otro necesario para la ejecución del proyecto.

g) Costes indirectos ( no podrán exceder del 10 por ciento del importe de la subvención concedida, tales como alquiler de local, suministros y gastos de comunicaciones).

h) Cuando se trate de actividades formativas se subvencionará la hora de docencia, incluyendo tanto la preparación como la impartición con un máximo de 80 euros. Solo se podrá superar esta cuantía, cuando la impartición de la actividad formativa exija una cualificación técnica determinada o la materia a impartir tenga una especial complejidad.

i) Cuando se trate de ponencias o conferencias se subvencionará hasta un máximo de 250 euros. Sólo se podrá superar esta cuantía, cuando la ponencia o conferencia se dirija a un colectivo profesional muy especializado o la materia a impartir tenga una especial complejidad.

j) Cuando se trate de actividades de planificación y/o coordinación del proyecto, podrán subvencionarse los gastos estrictamente necesarios, y que estén vinculados al desarrollo del proyecto, con un límite del 20 por ciento de la cantidad concedida.

Solicitudes:

- La presentación se realizará de forma telemática a través de la sede electónica de la JCCM.

- El plazo para la presentación será de diez días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOCM.

Para descargar la convocatoria haga clic aquí.

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