Órgano emisor: Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
Disposición: Orden 75/2024, de 13 de mayo, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
DOCM: 20 de mayo de 2024.
Ámbito: autonómico.
Objeto: establecer las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Castilla-La Mancha, en el marco del componente 24 de revalorización de la industria cultural del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU, y realizar su convocatoria para el año 2024.
Beneficiarios:
Crédito presupuestario: 530.000,00 euros.
Acciones subvencionables:
a) Eventos o espectáculos artísticos o culturales, festivales, exposiciones y otras actividades culturales similares dentro de los siguientes ámbitos: artes visuales, cine y artes audiovisuales, teatro, danza, circo, música, literatura y palabra, arquitectura y diseño, incluyendo las actividades artísticas multidisciplinares y aquellas que relacionan la cultura y las artes con la ciencia y/o los saberes tradicionales.
b) Proyectos que, mediante la participación multiagente -laboratorios de ideas, prototipados de proyectos, iniciativas transdisciplinares o alianzas transectoriales-, favorezcan la experimentación, la investigación y la innovación cultural y tengan una concreción práctica en el territorio.
c) Patrimonio inmaterial, en conexión con la cultura y las prácticas contemporáneas.
d) Actividades de educación, transferencia y mediación artística y cultural, incluyendo el uso de las nuevas tecnologías.
Gastos subvencionables:
Criterios de valoración:
- Adecuación de la actividad proyectada al logro de las finalidades previstas.
- Calidad, interés, singularidad y carácter innovador del proyecto.
- Adecuación presupuestaria, capacidad económica y organizativa de la entidad y viabilidad técnica y financiera.
- Realización del proyecto o de una parte significativa de la actividad (al menos el 75% de la inversión) en municipios y localidades de menos de 5.000 habitantes integrados en el medio rural
- Incorporación de herramientas de medición y evaluación de los distintos impactos del proyecto: cultural, económico, social, demográfico, territorial, calidad de vida, sostenibilidad medioambiental y otros.
- Realización del proyecto o de una parte significativa del mismo (al menos el 75% de la inversión) en algún municipio perteneciente a las zonas rurales de Castilla-La Mancha.
Solicitudes:
Para descargar la Orden haga clic aquí.
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