Portada > CONVOCATORIAS

FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU: MEJORA DEL ABASTECIMIENTO Y REDUCCIÓN DE PÉRDIDAS EN REDES DE AGUA POTABLE PARA MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES DE CASTILLA-LA MANCHA

 

FONDOS EUROPEOS NEXT GENERATION EU

 

MEJORA DEL ABASTECIMIENTO Y REDUCCIÓN DE PÉRDIDAS EN REDES DE AGUA POTABLE PARA MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES DE CASTILLA-LA MANCHA

 

Orden 48/2022, de 25 de febrero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, por la que se modifica la Orden 7/2022, de 18 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la selección y ejecución de proyectos relativos a la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de agua potable para municipios menores de 20.000 habitantes de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y se realiza su convocatoria, para el año 2022.

Extracto BDNS (Identif.): 612253

FUENTE: DOCM nº43 de3 de marzo de 2022.

OBJETO: Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones reguladas en la Orden 7/2022, de 21 de enero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural para la selección y ejecución de proyectos relativos a la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de agua potable para municipios menores de 20.000 habitantes de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

FINANCIACIÓN: Las subvenciones objeto de esta convocatoria se financiarán a través de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia en el marco de los Fondos Europeos Next Generation EU, por un importe estimado de 10.880.000 de euros, que se distribuirá en los ejercicios 2022, 2023, 2024 y 2025, quedando condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

BASES REGULADORAS: Orden 7/2022, de 21 de enero, de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural para la selección y ejecución de proyectos relativos a la mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de agua potable para municipios menores de 20.000 habitantes de Castilla-La Mancha, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con las modificaciones que se incluyen en la Orden 48/22 objeto de este resumen.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán ser entidades beneficiarias de estas subvenciones los municipios y entidades de ámbito inferior (en adelante Eatim) de municipios con menos de 20.000 habitantes ubicados en Castilla-La Mancha. También podrán ser beneficiarias las mancomunidades que gestionen servicios de abastecimiento que sirven a municipios con población menor a 20.000 habitantes.

 

Los municipios y Eatim con población menor de 500 habitantes podrán concurrir a esta convocatoria mediante fórmulas, debidamente acreditadas, de colaboración técnica o financiera con las diputaciones provinciales correspondientes, siendo en este caso las diputaciones provinciales las que ostentarán la condición de beneficiarias a los efectos de la liquidación de las ayudas. Las obligaciones establecidas en la orden de bases serán de aplicación tanto a los ayuntamientos y a las Eatim, como a las diputaciones provinciales

 

SOLICITUDES:

 

1. Las solicitudes se dirigirán a los servicios provinciales de la Agencia del Agua de la provincia donde esté ubicada la entidad solicitante y se presentarán de forma telemática con firma electrónica por la persona representante de la entidad solicitante, en cualquiera de los registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es), acompañados de los documentos indicados en el punto 4 del apartado Noveno de la Orden.

 

A tal efecto, en el momento de la solicitud, la entidad interesada deberá darse de alta en la plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/.

 

2. Un mismo municipio no podrá tramitar la solicitud de manera individual y a través de la diputación provincial correspondiente a su provincia, en cualquier caso.

 

3. El número máximo de proyectos que se podrá solicitar por beneficiario será de tres. A estos efectos, se entiende por beneficiarios los ayuntamientos y mancomunidades, pero no las diputaciones provinciales, puesto que solo actuarán en calidad de colaboradores técnico financieros, conforme al artículo 4.1 de la orden de bases.

 

PLAZO: El plazo de presentación de solicitudes será de 3 meses y comenzará el día siguiente a la publicación de su convocatoria y del extracto de la BDNS en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

 

Para descargar el texto completo de la convocatoria y de su extracto pinche aquí:

Arriba Volver Atrás

NEWSLETTER

Suscríbase para recibir todas las noticias en su correo electrónico

Acepto los términos y condiciones de la Política de Privacidad
Diseño y Desarrollo web Im3diA comunicación

Una cookie o galleta informática es un pequeño archivo de información que se guarda en su navegador cada vez que visita nuestra página web. La utilidad de las cookies es guardar el historial de su actividad en nuestra página web, de manera que, cuando la visite nuevamente, ésta pueda identificarle y configurar el contenido de la misma en base a sus hábitos de navegación, identidad y preferencias. Las cookies pueden ser aceptadas, rechazadas, bloqueadas y borradas, según desee. Ello podrá hacerlo mediante las opciones disponibles en la presente ventana o a través de la configuración de su navegador, según el caso. En caso de que rechace las cookies no podremos asegurarle el correcto funcionamiento de las distintas funcionalidades de nuestra página web. Más información en el apartado “POLÍTICA DE COOKIES” de nuestra página web.