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DOTACIÓN DE MEDIOS MATERIALES PARA AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL

 

 

DOTACIÓN DE MEDIOS MATERIALES PARA AGRUPACIONES DE VOLUNTARIOS DE PROTECCIÓN CIVIL

Resolución de 14/04/2021, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se convoca la concesión de subvenciones para la dotación de medios materiales para las agrupaciones de voluntarios de protección civil de las entidades locales de Castilla-La Mancha..

Extracto BDNS (Identif.): 557790

FUENTE: DOCM nº 75, de 21 de abril de 2021

OBJETO: Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones dirigidas a las entidades locales de Castilla-La Mancha para financiar la adquisición de los siguientes medios materiales con destino a las agrupaciones de voluntarios de protección civil, consistentes en:

a) Uniformidad básica de voluntarios de protección civil.

b) Remolque de carga.

c) Tienda de campaña de primeros auxilios.

d) Dotación de material de emergencias.

e) Extendedora de sal.

f) Equipo electrógeno portátil y complementos.

g) Remolque con depósito de agua.

 

BASES REGULADORAS: Esta convocatoria, además de por lo previsto en la Resolución de referencia, se regirá por la Orden de 2 de julio de 2013, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la dotación de medios materiales para las agrupaciones de voluntarios de protección civil, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha nº 127, de 3 de julio de 2013, modificada por Orden de 9 de mayo de 2014, de la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas (D.O.C.M. nº 92, de 16 de mayo), por Orden 76/2017, de 19 de abril, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (D.O.C.M. nº 83, de 28 de abril) y por Orden 8/2020, de 21 de enero, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas (D.O.C.M. nº 22, de 3 de febrero), por los preceptos básicos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, así como por lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre y su reglamento de desarrollo, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero.

 

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Las entidades locales de Castilla-La Mancha que cuenten a la fecha de publicación de la convocatoria, con agrupación de voluntarios inscrita en el Registro de Agrupaciones y Voluntarios de Protección Civil de Castilla-La Mancha y cuya acreditación como entidad de voluntariado de protección civil se encuentre vigente.

 

SOLICITUDES: Las solicitudes de subvenciones se dirigirán a la Secretaria General de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, debiendo presentarse de forma electrónica, a través del formulario disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es)

 

PLAZO: El plazo de presentación de solicitudes para la convocatoria será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

 

Para descargar el texto completo de la convocatoria y de su extracto pinche aquí:

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