SUBVENCIONES PARA RESIDENCIAS DE MAYORES DE TITULARIDAD MUNICIPAL
DISPOSICIÓN: Resolución de 22 de mayo de 2019, de la Dirección General de Mayores y Personas con Discapacidad.
OBJETO: Se convocan para el año 2019 las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centrod de atención a personas mayores de Castilla-La Mancha.
FUENTE: D.O.C.M. nº 103, der 29 de mayo de 2019
Extracto BDNS (Identif.): 457040
BASES DE LA CONVOCATORIA: Se contienen en la Orden de 13/07/2016, de la Consejería de Bienestar Social, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a entidades locales para el desarrollo de programas y mantenimiento de plazas en centros de atención a personas mayores en Castilla-La Mancha, (D.O.C.M. nº 138 de 15-07-2016)
ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán ser entidades beneficiarias de e
Estas subvenciones las Entidades locales de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de convocatoria.
REQUISITOS: La Base tercera de la Orden de 13/07/2016 que contiene las Bases de la convocatoria, establece los siguientes requisitos para las Entidades que quieran acceder a las subvención:
a) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en los artículos 18 y 19 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
b) Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el desarrollo de las actividades subvencionadas.
c) Encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
d) No encontrarse la persona que desempeñe la representación legal de la Entidad local en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
e) No encontrarse incursas en ninguna de las prohibiciones del artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
f) Disponer de la correspondiente autorización para el centro respecto del que se solicita la subvención.
g) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionada, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave, en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.
h) Haber justificado, en su caso, las subvenciones concedidas por esta Consejería para fines análogos.
SOLICITUDES: Las solicitudes, debidamente firmadas de forma electrónica, se dirigirán a la persona titular de la Dirección General competente en materia de atención a las personas mayores o de las direcciones provinciales de la Consejería y deberán presentarse mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, según se trate de solicitudes de subvención para gastos de personal y mantenimiento en centros de atención a personas mayores de Castilla-La Mancha o solicitudes de subvención destinadas al desarrollo de programas para personas mayores. La solicitud quedará anotada en el registro electrónico.
El formulario del proyecto y los documentos originales que puedan resultar necesarios para la concesión de la subvención se digitalizarán y se presentarán como anexos a través de la citada sede electrónica. Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la entidad solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
PLAZO: El plazo para la presentación de las solicitudes será de quince días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Para descargar el texto completo de la convocatoria y de su extracto pinche aquí:
Si necesita descargar la Orden que contiene las Bases de la convocatoria, pinche aquí:
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