SUBVENCIÓN PARA EL MANTENIMIENTO DE CONTRATOS DE BIBLIOTECARIOS MUNICIPALES
DISPOSICIÓN: Resolución de 23/05/2019, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
OBJETO: Se convocan las subvenciones para el mantenimiento de contratos de biblioitecarios municipales por entidades locales de Castilla-La Mancha para 2019
FUENTE: D.O.C.M. nº 104, de 30 de mayo de 2019
Extracto BDNS (Identif.): 457686
ENTIDADES BENEFICIARIAS: Entidades locales de Castilla-La Mancha.
BASES REGULADORAS: Las Bases de la Convocatoria se contienen en la Orden de 06/10/2016 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el mantenimiento de contratos de bibliotecarios municipales por entidades locales de Castilla-La Mancha, publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha núm. 209, de 26 de octubre de 2016; y modificada por la Orden 113/2018, de 4 de julio, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se modifica la Orden de 06/10/2016 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes en la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el mantenimiento de contratos de bibliotecarios municipales por entidades locales de Castilla-La Mancha, publicada en el DOCM núm. 137, de 13 de julio de 2018.
SOLICITUDES: Las solicitudes se pueden presentar únicamente de forma telemática con firma electrónica de datos a través de la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Los formularios de solicitud y de justificación estarán disponibles en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).
PLAZO: Veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
Serán subvencionables exclusivamente las retribuciones de los contratos del personal bibliotecario objeto de la subvención concedida, que se produzcan entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, quedando excluidas las cuotas patronales de la seguridad social. De acuerdo con los establecido en la base primera de la Orden de 06/10/2016 por la que se aprueban las bases reguladoras.
Estas subvenciones son compatibles con la obtención de cualquier otra ayuda o subvención concedida por otras Administraciones o entes públicos o privados, siempre que su importe no supere el coste de la actividad subvencionada, en los términos que establece la base decimosexta de la Orden de 06/10/2016.
Para descargar el texto completo de la convocatoria y de su extracto pinche aquí:
Si necesita descargarse las Bases de la Convocatoria pinche en los siguientes enlaces:
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