AYUDAS DIRECTAS A MUNICIPIOS EN EL MARCO ITI
(INVERSIÓN TERRITORIAL INTEGRADA)
DISPOSICIÓN: Decreto 81/2017, de 7 de noviembre, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo.
OBJETO: Concesión directa de subvenciones a municipios afectados por despoblamiento o por tasas de desempleo especialmente elevadas, para la contratación de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general o social.
1. El decreto tiene por objeto regular, en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha, la concesión directa de subvenciones a municipios que dispongan de población inferior a los 2.000 habitantes y se encuentren incluidos en zonas ITI, así como a municipios que estén afectados por tasas de desempleo especialmente elevadas, para la contratación
de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general o social.
2. Mediante este decreto se pretende contribuir a la recuperación sociodemográfica de municipios de Castilla-La Mancha incluidos en zonas ITI, que estén afectados por despoblamiento, así como en aquellos municipios de la Región que estén afectados por tasas de desempleo especialmente elevadas, a través de la creación de oportunidades de inserción en el mercado laboral, mediante la contratación temporal de personas desempleadas para la ejecución de proyectos de interés general y social, promoviendo, asimismo, la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favoreciendo la movilidad laboral.
FUENTE: DOCM nº 218, de 10 de noviembre de 2017.
Extracto BDNS(Identif.): 369753
ENTIDADES BENEFICIARIAS:
a) Municipios de Castilla-La Mancha que dispongan de población inferior a 2.000 habitantes que se encuentren incluidos en el anexo del Decreto 31/2017, de 25 abril. (que se puede descargar pinchando aquí:
b) Municipios de Castilla-La Mancha afectados por tasas de desempleo especialmente elevadas, entendiendo como tales los municipios cuyo porcentaje de personas desempleadas registradas en promedio del año 2016, sobre el total de la población en edad de trabajar, sea igual o superior al 20% y que el total de personas desempleadas de su población supongan al menos el 5% del total del número de personas desempleadas en la provincia correspondiente.
SOLICITUDES: Las solicitudes se presentarán de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario que se establece como Anexo I, al que se acompañará la descripción del proyecto, elaborada conforme al Anexo II. Al presentarse de esta forma, la documentación a aportar podrá digitalizarse y presentarse junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.
PLAZO: El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOCM del texto completo y del extracto del Decreto.
Para descargar el texto completo del Decreto de convocatoria y de su extracto pinche aquí:
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