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SUBVENCIONES PARA REALIZACION DE ACTUACIONES URGENTES E INCIDENCIAS IMPREVISIBLES

 

 

SUBVENCIONES PARA REALIZACION DE ACTUACIONES URGENTES E INCIDENCIAS IMPREVISIBLES

DISPOSICIÓN: Orden 86/2017, de 2 de mayo, de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.

OBJETO: Se establecen las Bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la realización de actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles por las Entidades Locales de Castilla-La Mancha.

FUENTE: D.O.C.M. nº 90, de 10 de mayo de 2017.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la Orden los municipios, mancomunidades y las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio de Castilla-La Mancha.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

1.- Serán objeto de subvención las inversiones realizadas en el año natural de la convocatoria por las entidades locales de Castilla-La Mancha relativas a actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles, derivadas de situaciones de emergencia, catástrofe o calamidad pública, daños que afecten a infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios de titularidad de las entidades locales que impidan o dificulten gravemente la prestación del servicio público a los ciudadanos, que no puedan demorarse en el tiempo y sin que la entidad cuente con consignación presupuestaria al efecto.
2.- Los proyectos subvencionables deberán realizarse en el plazo establecido y pagarse efectivamente con anterioridad a la presentación de la justificación.
3. Será subvencionable el impuesto sobre el valor añadido no recuperable satisfecho por las entidades beneficiarias.
4. No serán subvencionable la adquisición de bienes o realización de gastos que no sean estrictamente necesarios para la realización del proyecto o actuación subvencionada.

Para descargar el texto completo de la Orden pinche aquí:
 

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