Subvenciones para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores migrantes para campañas agrícolas de temporada.
Órgano emisor: Dirección General de Migraciones. Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Disposición: Resolución de 20 de abril de 2015.
B.O.E.: 12 de mayo de 2015.
Ámbito: Estatal.
Objeto: Convocar la concesión de subvenciones públicas, para el año 2015, en régimen de concurrencia competitiva, para la ordenación de los flujos migratorios laborales de trabajadores/as migrantes para campañas agrícolas de temporada, de acuerdo con lo dispuesto en sus bases reguladoras.
Crédito presupuestario: 755.600,00 euros.
Actuaciones subvencionables y beneficiarios:
Las actuaciones deberán realizarse entre el 1 de agosto de 2014 y el 31 de julio de 2015 y consistirán en:
1. Organización y coordinación de las contrataciones y los desplazamientos de las personas trabajadoras de temporada.
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Los gastos a subvencionar son los de personal y viajes de las personas pertenecientes a la entidad que realizan la actuación, con el límite de 50 euros por cada temporero/a que se contrate y 60.000 euros por actuación.
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Solo se subvencionarán actuaciones con un coste igual o superior a 5.000 euros
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Beneficiarios: Organizaciones y agrupaciones empresariales y las cooperativas agrarias sin ánimo de lucro.
2. Visita a los alojamientos y elaboración de informes sobre las condiciones de los mismos.
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Los gastos a subvencionar son los de personal y de viaje de las personas pertenecientes a la entidad que realizan la actuación, con el límite de 400 euros por alojamiento.
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La subvención máxima a percibir no podrá superar 50.000 euros.
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Solo se subvencionarán actuaciones cuyo coste sea igual o superior a 5.000 euros.
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Beneficiarios: Organizaciones sindicales, organizaciones y agrupaciones empresariales y cooperativas agrarias sin ánimo de lucro.
3. Asesoramiento e información sociolaboral a las personas trabajadoras migrantes de campañas agrícolas de temporada en relación con sus derechos y deberes derivados de su naturaleza.
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La actuación deberá realizarse en España.
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Los gastos a subvencionar son los de personal perteneciente a la entidad que realiza la actuación y los derivados del material divulgativo y de apoyo que se utilice.
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El importe a percibir será de 20 euros por trabajador/a informado/a o asesorado/a, siendo la cuantía máxima a percibir de 50.000 euros cuando la actuación se realice en más de una comunidad autónoma; cuando se realice en una única comunidad autónoma dicha cuantía máxima será de 15.000 euros.
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Solo se subvencionarán actuaciones con un coste igual o superior a 2.500 euros.
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Beneficiarios: Organizaciones sindicales, las organizaciones y agrupaciones empresariales y cooperativas agrarias sin ánimo de lucro, y las Entidades Locales.
4. Gastos derivados de la asistencia a las Comisiones Central y Provinciales así como a los grupos de trabajo enmarcados dentro del Convenio de Migraciones de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración de 18 de julio de 2006.
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Los gastos a subvencionar son los de personal y viaje de las personas pertenecientes a la entidad que asistan a la reunión, con el límite de un día de salario y un máximo de dos personas por reunión.
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Solo se subvencionarán actuaciones con un coste igual o superior a 300 euros.
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Beneficiarias: Las entidades firmantes, o quienes las representen, del Convenio para la ordenación, coordinación e integración sociolaboral de los flujos migratorios laborales en campañas agrícolas de temporada suscrito con la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración el 18 de julio de 2006.
El plazo de para la presentación de solicitudes finaliza el día 1 de junio de 2015.
Para descargar la convocatoria haga click aquí.
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