Fuente: FEMP
Según Caballero, “la Sentencia es un golpe central e irreversible en la Ley de Reforma Local y la deja absolutamente tocada”. Esta Sentencia, que da respuesta a un recurso planteado por la Junta de Extremadura, fue hecha pública ayer, y en ella se invalidan algunos de los preceptos de la norma por considerar que invaden competencias autonómicas. En tal sentido, Abel Caballero ha subrayado que “la decisión del Alto Tribunal avala que los Ayuntamientos sigamos aplicando las políticas sociales y educativas”.
Caballero se ha referido al “buen criterio municipalista” del Tribunal y ha aludido a la “dimensión política de la sentencia" porque “acaba de decirnos a los Ayuntamientos que teníamos razón”. En sus declaraciones ha insistido en calificar la LRSAL de “dislate”, de una “acción en contra de los Ayuntamientos” y ha celebrado que “ahora nos dé la razón el Tribunal Constitucional”.
La decisión del Constitucional puede ser precedente en otros recursos planteados por Ayuntamientos y Administraciones Regionales. “Desde la Administración Local yo mismo presenté un recurso en nombre de 3.000 Alcaldes”, ha recordado Caballero, quien ha añadido que tras esta sentencia judicial: “Pido, tras esta decisión del Constitucional, que se inicien ya los trámites para la derogación de toda la Ley de Reforma Local”.
La Sentencia del Tribunal Constitucional sobre Ley de Reforma Local impulsa la convocatoria de la Junta de Gobierno Extraordinaria de la FEMP el lunes, 14 de marzo.
El Presidente de la FEMP, Abel Caballero, ha convocado Junta de Gobierno Extraordinaria para el próximo lunes 14 de marzo, a las 12:30 horas, con un único punto en el orden del día: “Información y Análisis de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Recurso de Inconstitucionalidad nº 1792/2014 contra la Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (LRSAL)”.
La convocatoria viene motivada por la repercusión de esta Sentencia para la reciente reforma del Régimen Local ya que el texto, conocido ayer, invalida algunos de los preceptos de la norma por considerar que invaden competencias autonómicas.
La decisión del Alto Tribunal, en respuesta a un recurso planteado por la Asamblea de Extremadura, puede ser precedente en otros recursos planteados por Ayuntamientos y Administraciones Regionales y, sobre todo, puede representar modificaciones importantes en la aplicación de la LRSAL, en especial en aquellos preceptos relativos a la prestación de servicios sociales o sanidad desde los Ayuntamientos, que en la mayor parte de las regiones ya habían visto retrasada su entrada en vigor en virtud de disposiciones autonómicas específicas.
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