Conforme a lo previsto en el artículo 203 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP) y en la disposición adicional quinta de la LRBRL, las Entidades Locales asociadas a la FEMP-CLM podrán adherirse a su Central para aquéllos servicios, suministros y obras cuya contratación se haya efectuado por aquélla, de acuerdo con las normas previstas en el citado TRLCSP para la preparación y adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas.
La contratación de las obras, suministros y servicios ofertados a través de la Central de Contratación de la FEMP-CLM se realiza por las Entidades locales, o entes dependientes de estas, mediante la formalización de los correspondientes contratos con la empresa que resulte adjudicataria tras la realización del correspondiente procedimiento de contratación y previo cumplimiento de las normas previstas en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Las diferentes modalidades de contratación centralizada a través de las cuales puede actuar la FEMP-CLM y que se encuentran establecidas en el apartado VIII del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Central de Contratación, son:
1. Celebración de CONTRATOS MARCO para la realización de obras, suministros o servicios destinados a sus asociados.
2. Celebración de ACUERDOS MARCO para la realización de obras, suministros o servicios destinados a sus asociados.
3. Adjudicación de contratos por parte de la FEMP-CLM y por cuenta de sus asociados.
4. Contratos de adquisición de suministros y servicios por parte de la FEMP-CLM destinados a sus asociados.
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