La adhesión de las Entidades Locales, o de sus organismos dependientes, a la Central de Contratación de la FEMP-CLM ha de ser expresa y no supone, en ningún caso, la obligación de efectuar todas las contrataciones a través de la Central de Contratación, pudiendo optar por utilizar este sistema para todas las obras, suministros y servicios establecidos o sólo para uno o varios de ellos.
Las Entidades locales que deseen beneficiarse del servicio de contratación centralizada de la FEMP-CLM, podrán adherirse a la misma mediante la firma de un Acuerdo de adhesión que deberán enviar por correo ordinario a la FEMP-CLM, debidamente firmado y sellado.
Dependiendo del órgano de contratación que adopte el acuerdo de adhesión (Alcalde/Presidente, Junta de Gobierno, Pleno, etc.), las posibilidades de beneficiarse de la Central de Contratación de la FEMP-CLM son distintas y están directamente relacionadas con las competencias que la ley atribuye a cada uno de estos órganos en materia de contratación, por lo que desde la Federación aconsejamos que sea el Pleno, en el caso de las Entidades locales, y el máximo órgano de gobierno, en el caso de organismos dependientes de éstas, quien adopte el acuerdo de adhesión para acceder directamente al máximo de prestaciones de la Central de Contratación de la FEMP-CLM.
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