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Ordenanza tipo para el ejercicio de actividades comerciales minoristas y prestación de determinados servicios.

La Junta de Gobierno de la Federación Española de Municipios y Provincias, en su sesión de 25 de junio de 2013, aprobó la Ordenanza Tipo para el ejercicio de actividades comerciales minoristas y prestación de determinados servicios que pretende dotar a los Gobiernos Locales de un instrumento que les ayude a adaptar sus normas de control e intervención municipal a los requisitos de liberalización del comercio y a los de Administración electrónica y simplificación administrativa, contemplados en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de Liberalización del Comercio y determinados servicios.

La Ordenanza ha sido elaborada en el seno de la Comisión de Consumo y Comercio de la FEMP, con la colaboración del Comité de Mejora de la Regulación, de la Dirección General de Comercio Interior del Ministerio de Economía y Competitividad y del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas

Adaptar las normas municipales a los requisitos establecidos en la plataforma de simplificación administrativa Emprende en 3, conocer qué actividades comerciales pueden ponerse en marcha simplemente con la presentación de una declaración responsable, los procedimientos de comprobación, o tener pautas para impulsar en el ámbito municipal la administración electrónica, son algunas de las cuestiones que quedan resueltas en esta Ordenanza Tipo.

La Ordenanza Tipo pretende, respetando las singularidades de cada Comunidad Autónoma y las particularidades de cada municipio, establecer un modelo que, en sus partes esenciales, suponga el mayor grado de uniformidad posible en relación con el procedimiento para la puesta en marcha de las actividades comerciales minoristas y de los servicios incluidos en el Anexo de la Ley 12/2012.

A través de procesos normalizados, o los que previamente se rediseñen bajo una clara orientación hacia la simplificación y a la reducción de cargas, se facilitará y agilizará la puesta en marcha de actividades económicas en el ámbito municipal.

En particular, la Ordenanza desarrolla las previsiones del artículo 4 de la Ley 12/2012 relativas a la declaración responsable y la comunicación previa, su contenido, los requisitos que se deben cumplir y los actos de comprobación e inspección.

Asimismo, con el objetivo de facilitar a aquellas entidades locales cuyo marco regulador autonómico no haya dispuesto el procedimiento de comprobación posterior previsto en la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, la Ordenanza incluye disposiciones sobre los actos de comprobación e inspección de los elementos y circunstancias puestas de manifiesto en la declaración responsable y/o en la comunicación previa.

Por último, en el Capítulo Quinto se recogen los principios generales de la Administración Electrónica, dedicando un artículo a la simplificación y reducción de cargas administrativas y otro a la iniciación del procedimiento por medios telemáticos.

Para cualquier aclaración sobre el contenido de la Ordenanza, contactar con la FEMP a través del correo electrónico jrosa@femp.es.

Para descargarse la Ordenanza tipo haga click aquí.

Para descargarse la Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de liberalización del comercio y determinados servicios, haga click aquí.

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