La ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013 incluyó una disposición final, vigésimo segunda, que modifica el apartado 1 del artículo 36 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible, al objeto de ampliar los efectos derivados del incumplimiento por las Entidades Locales de su obligación de remisión de la información relativa a la liquidación de sus presupuestos del año 2012 a la Administración General del Estado.
De no remitir los Ayuntamientos dicha información antes del próximo 1 de julio, la Administración General del Estado les retendrá las entregas a cuenta correspondientes al mes de julio junto con los anticipos y liquidaciones definitivas que en su caso fueran de aplicación. A partir de ese momento, y hasta que no regularicen su situación, no percibirán ninguna entrega a cuenta, liquidación definitiva ni anticipo.
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