Objeto
Conceder subvenciones destinadas a financiar los gastos de personal y funcionamiento de la oficinas de turismo adheridas a la Red de Oficinas de Turismo de Castilla-La Mancha.
Destinatarios
Entidades locales de Castilla-La Mancha y asociaciones o agrupaciones de empresas turísticas sin ánimo de lucro que sean titulares o tengan encomendada la gestión de ofinas de turismo de ámbito municipal, que estén inscritas en la Sección de Oficinas de Turismo del Registro de empresas, entidades y establecimientos turísticos y estén integradas en la Red de Ofinas de Turismo de Castilla-La Mancha, cumpliendo todo lo estipulado en el Decreto 29/2007, de 10 de abril, por el que se regula la Red de Oficinas de Tursimo de Castilla-la Mancha.
Requisitos exigidos
No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas o entidades en quienes concurran alguna de las circunstancias relacionadas en el artículo 3 de la presente Orden.
Criterios
Consultar el artículo 8 de la presente Orden.
Documentacion a aportar
Solicitud, que podrá presentarse por internet desde esta misma ficha, llamando al teléfono único de información 012 (902267090 para llamadas desde fuera de Castilla-La Mancha), o por fax a los siguientes números:.
- Delegación Provincial de Albacete: 967558814.
- Delegación Provincial de Ciudad Real: 926279674.
- Delegación Provincial de Cuenca: 969178921.
- Delegación Provincial de Guadalajara: 949887811.
- Delegación Provincial de Toledo: 925267742.
- Dirección General de Turismo: 925267874. Junto a la solicitud, deberá presentarse. a) Modelo de solicitud normalizado conforme al que figure en la convocatoria de las subvenciones previstas en esta Resolución.
b) Memoria explicativa y presupuesto detallado de ingresos y gastos de la oficina o facturas proforma.
c) Memoria explicativa de las actuaciones promocionales que lleve a cabo la oficina y aquellos aspectos que fundamenten la concesión de la subvención conforme a los criterios de valoración establecidos en el artículo 8.
d) Declaración sobre concurrencia de ayudas para la misma actividad o proyecto.
e) Declaración responsable de estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones, obligaciones tributarias o frente a la Seguridad social.
f) Declaración responsable de que disponen de un plan de prevención de riesgos laborales y que no han sido sancionados en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud de subvención, según el modelo recogido en el Anexo de la Orden de la Consejería de Trabajo y Empleo, de 26 de marzo de 2008, por la que se regula la acreditación del cumplimiento de obligaciones relativas a la prevención de riegos laborales, en materia de subvenciones (DOCM 8/4/2008).
Información adicional
Estas ayudas son compatibles con cualquier otra procedente de otras Administraciones Públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, que tengan idéntico objeto, siempre y cuando el sumatorio del importe de las mismas no supere el cien por cien de la inversión proyectada.
Estas ayudas son incompatibles con cualuier otra procedente de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha que tengan idéntico objeto.
Marco legal
- DOCM: 09/09/08Orden de 28-08-2008, de la Consejería de Turismo y Artesanía, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a oficinas de turismo integradas en la Red de Oficinas de Turismo de Castilla-La Mancha.
- DOCM: 04/12/09Resolución de 01/12/2009, por la que se convoca la concesión de subvenciones a oficinas de turismo integradas en la Red de Oficinas de Turismo de Castilla-La Mancha.
- DOCM: 18/11/10Resolución de 05/11/2010, por la que se convoca la concesión de subvenciones a oficinas de turismo integradas en la Red de Oficinas de Turismo de Castilla-La Mancha.
Plazo de resolución
Máximo tres meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Lugar de presentación
Las solicitudes podrán presentarse: en cualquier registro perteneciente a la Administración del Estado, a la de las Comunidades Autónomas, y a la de aquellas Entidades Locales que hubieran suscrito el oportuno Convenio, así como en las oficinas de correos, o en cualquier otra forma prevista por ley.