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PUBLICADO EL REAL DECRETO-LEY 6/2024, DE 5 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE ADOPTAN MEDIDAS URGENTES DE RESPUESTA ANTE LOS DAÑOS CAUSADOS POR LA DANA EN DIFERENTES MUNICIPIOS ENTRE EL 28 DE OCTUBRE Y EL 4 DE NOVIEMBRE DE 2024.

 

El RDL aprobado contempla diferentes medidas dirigidas a las Entidades Locales afectadas que se detallan en el anexo de la norma.

De Castilla-La Mancha tan solo se detallan LETUR y MIRA, a las que todas las Entidades locales de la región manifestamos nuestras condolencias por las personas fallecidas, sin que figure ninguna otra localidad de nuestra región en la que se hayan producido daños materiales.

El artículo 1.4 del RDL indica que “el anexo que acompaña a este real decreto-ley podrá ser modificado mediante Acuerdo de Consejo de Ministros, en función de la evolución de los daños producidos que se pudieran identificar con posterioridad de la aprobación de esta norma y como consecuencia de los acontecimientos descritos previstos en el presente artículo”.

En consecuencia, en todas aquellas localidades, diferentes de LETUR y MIRA (que ya han sido incluidas), en las que se hayan producido daños por la DANA hay que identificar los mismos y solicitar al consejo de ministros la inclusión de dichas localidades en el listado anexo de municipios afectados.

Por ello, para que las localidades afectadas de CLM puedan beneficiarse de las medidas contempladas en el RDL es necesario que desde cada ayuntamiento se haga una relación de daños ocasionados y se acuerde por pleno, junta de gobierno o decreto de alcaldía (a ratificar posteriormente por el Pleno) una relación de los mismos de forma que queden debidamente acreditados. 

Una vez acordado y para darle la mayor celeridad al proceso y una adecuada coordinación, se solicita su remisión a la Federación de Municipios y Provincias de Castilla-La Mancha (FEMPCLM) antes del día 25 del presente mes de noviembre.

Al habla con la FEMP nacional hemos acordado que, recopilada la información correspondiente a Castilla-La Mancha, les remitamos la misma para que gestionen directamente, con el ministerio que corresponda, la solicitud de inclusión de todos estos municipios en el anexo del RDL mediante aprobación por el Consejo de Ministros.

Para descargar el RDL haga clic aquí.

Para descargar la nota-resumen informativa elaborada por la FEMP haga clic aquí.
 

 

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