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SUBVENCIONES PARA FAVORECER LA IGUALDAD Y LA NO DISCRIMINACIÓN DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES AL COLECTIVO LGTBI.

 

 

Órgano emisor: Consejería de Igualdad.

Disposición: Resolución de 25/02/2025.

DOCM: 6 de marzo de 2025.

Ámbito: autonómico.

Objeto: convocar mediante procedimiento de concurrencia competitiva subvenciones para favorecer la igualdad y la no discriminación de las personas pertenecientes al colectivo LGTBI y visibilización del movimiento asociativo LGTBI de Castilla-La Mancha en 2025.

Líneas de subvenciones:

Beneficiarios:

  1. Entidades locales (únicamente de las subvenciones de la línea 1).
  2. Entidades sin ánimo de lucro (líneas 1 y 2)

Crédito presupuestario: 107.000,00 euros.

Gastos subvencionables de la línea 1:

a) Gastos del personal propio o contratado dedicado directamente a la ejecución del proyecto subvencionado.

b) Gastos de consultoría y/o asistencia técnica, igualmente dedicada directamente a la ejecución del proyecto.

c) Gastos de desplazamiento, alojamiento y manutención de las personas que ejecuten el proyecto.

d) Gastos de desplazamiento de las personas destinatarias del proyecto.

e) Gastos de materiales para la ejecución, promoción, edición, publicación y difusión del proyecto.

f) Gastos de alquiler de locales, de vehículos, de equipos de proyección, de iluminación, de sonido y/o comunicación y cualquier otro necesario para la ejecución del proyecto.

g) Costes indirectos. Se imputarán los gastos de funcionamiento regular de la entidad beneficiaria, que no podrán exceder del 10 por ciento del importe de la subvención concedida. Entre otros, alquiler de local, suministros, gastos de comunicaciones.

h) Cuando se trate de actividades formativas se subvencionará la hora de docencia, incluyendo tanto la preparación como la impartición con un máximo de 80 euros. Solo se podrá superar esta cuantía, cuando la impartición de la actividad formativa exija una cualificación técnica determinada o la materia a impartir tenga una especial complejidad.

i) Cuando se trate de ponencias o conferencias se subvencionará hasta un máximo de 250 euros. Sólo se podrá superar esta cuantía, cuando la ponencia o conferencia se dirija a un colectivo profesional muy especializado o la materia a impartir tenga una especial complejidad.

j) Cuando se trate de actividades de planificación y/o coordinación del proyecto, podrán subvencionarse los gastos estrictamente necesarios, y que estén vinculados al desarrollo del proyecto, con un límite del 20 por ciento de la cantidad concedida.

Solicitudes:

- La presentación se realizará de forma telemática a través de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

- El plazo de presentación será de quince días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de su extracto en el DOCM.

Marco legal:

 

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