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PROVINCIA DE TOLEDO: SUBVENCIONES PARA FINANCIAR GASTOS CORRIENTES POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES.

 

 

Órgano emisor: Diputación de Toledo.

Disposición: Acuerdo de 28 de febrero de 2025 de la Junta de Gobierno de la Diputación.

BOP Toledo: 3 de marzo de 2025.

Ámbito: provincia de Toledo.

Objeto: establecer las bases reguladoras y convocar para el ejercicio 2025 de subvenciones para fomentar el estímulo económico municipal mediante la financiación de gastos de naturaleza corriente derivados de la prestación de servicios públicos municipales, obligatorios y no obligatorios.

Beneficiarios: Ayuntamientos y Entidades Locales Menores (EATIM) de la provincia, quedando excluidos los ayuntamientos cuya población exceda de 50.000 habitantes y las Mancomunidades.

Crédito presupuestario: 15.000.000,00 euros.

Gastos subvencionables:

  1. Suministros y/o los servicios que se hayan imputado a los capítulos I, II y III del presupuesto municipal de gastos y se realicen o se hayan realizado durante el año 2025.
  2. Abono de los seguros sociales de la contratación de personas desempleadas en el marco del Programa de Apoyo Activo al Empleo promovido por la Junta de Comunidades de Castilla–La Mancha y para los que se haya formalizado el correspondiente convenio con las Diputaciones Provinciales, como servicio público municipal no obligatorio.
  3. Gastos financieros generados por operaciones de tesorería concertadas (contratos con Entidades Financieras) para anticipar subvenciones obtenidas en convocatorias que no contemplen la posibilidad del adelanto de la ayuda concedida, cofinanciada con fondos europeos PRTR-Next Generation.
  4. Los tributos serán gastos subvencionables cuando el beneficiario de la subvención los abona efectivamente. En ningún caso se considerará gasto subvencionable el IVA soportado cuando éste sea deducible para el beneficiario de la subvención.

Solicitudes:

- La presentación se realizará de foma telemática a través de la sede electrónica de la Diputación; a través del ORVE; o en cualquier otro Registro previsto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- El plazo de presentación será de será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto la convocatoria en el BOP.

Para descargar las bases reguladoras y la convocatoria haga clic aquí.

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