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PROVINCIA DE TOLEDO: SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA DINAMIZACIÓN DEMOGRÁFICA EN LAS ENTIDADES LOCALES EN RIESGO, INTENSA Y EXTREMA DESPOBLACIÓN.

 

 

Organismo emisor: Diputación de Toledo.

Disposición: Acuerdo de 8 de noviembre de 2024 de la Junta de Gobierno.

BOP Toledo14 de noviembre de 2024.

Ámbito: provincia de Toledo.

Objeto: establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de ayudas para subvencionar, en las familias empadronadas en el municipio, los gastos ocasionados por el nacimiento de hijos o la adopción de menores de tres años, siempre que hayan concluido los trámites de adopción, entre el 1 de enero de 2024 y 31 de diciembre de 2024.

Beneficiarios: ayuntamientos y entidades locales menores  incluidos en zonas en riego de despoblación, de intensa despoblación o de extrema despoblación.

Crédito presupuestario: 400.000,00 euros.

Gastos subvencionables: tener una familia con residencia habitual empadronada en la Entidad Local de la que nazca un hijo/a o adopten un menor de 3 años, siempre que hayan concluido los trámites de adopción dentro del periodo transcurrido entre el 1 de enero de 2024 hasta 31 de diciembre de 2024:

  1. Gastos originados por el cuidado y mantenimiento del hijo nacido o adoptado que consistan en gastos de guardería, contratación de persona empleada para el cuidado del hijo, gastos de productos farmacéuticos para el cuidado del bebe, gastos de material necesario para el cuidado del bebe y se realicen dentro del periodo de ejecución de la inversión que comprenderá desde el día del nacimiento o adopción del hijo que motiva la concesión de la ayuda hasta el día de finalización del plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a la fecha del nacimiento o adopción.
  2. Gastos realizados dentro de los dos meses anteriores a la fecha del nacimiento o adopción.
  3. Excepcionalmente, los gastos en alimentación infantil necesarios para el bebe en el caso de familias vulnerables que se encuentren en situación de desempleo de los progenitores que componen la unidad familiar y tengan bajos ingresos.
  4. Gastos realizados con terceros por la Entidad Local solicitante y beneficiaria de la ayuda y los realizados y pagados por la familia objeto de la ayuda dentro del periodo que comprenderá desde el día del nacimiento o adopción del hijo que motiva la concesión de la ayuda hasta el día de finalización del plazo de seis meses contados a partir del día siguiente a la fecha del nacimiento o adopción.

Solicitudes:

- La presentación se realizará a través de la sede electrónica de la Diputación o de cualquier otro registro telemático previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

- El plazo de presentación finaliza el día 15 de enero de 2025.

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