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Determinación del órgano competente para centralizar la instrucción y emisión del informe preceptivo y vinculante sobre inexistencia de duplicidades competenciales referidas a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Órgano emisor: Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.

Disposición: Decreto 17/2014, de 13/03/2014.

D.O.C.M.: 18 de marzo de 2014.

Ámbito: Autonómico.

Objeto: Modificar el Decreto 14/2012, de 26 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y se fijan las competencias de los órganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

De acuerdo con la nueva redacción del artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, tras la entrada en vigor de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, el ejercicio por las entidades locales de competencias distintas de las propias o de las atribuidas por delegación, exigirá un informe previo y vinculante sobre la inexistencia de duplicidades competenciales en relación con la Administración competente por razón de materia

Se centraliza en la Dirección General de Coordinación y Administración Local la responsabilidad para instruir y emitir informe preceptivo y vinculante sobre inexistencia de duplicidades competenciales referidas a la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Para descargar el Decreto haga click aquí.

 


 

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